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jueves, mayo 14, 2015

ANP aclara que no registra a beneficiarios para Seguro de Vida

La Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP) aclaró que no realiza el registro de beneficiarios del Seguro de Vida para Trabajadores de la Prensa y desvirtuó las declaraciones de la ministra Marianela Paco que atribuyó a la institución esa labor que, según el decreto reglamentario de 31 de diciembre de 2014, corresponde a “las organizaciones gremiales de trabajadoras y trabajadores de la prensa”. (Disp. Transitoria D.S. 2235).

Desde su presentación como proyecto, la ANP cuestionó la fragilidad del seguro porque no presenta una estimación del número de beneficiarios y la cantidad de dinero que será recaudado a través del aporte del 1 por ciento del ingreso real y efectivo (Ley 554) que realicen las empresas.

Un análisis técnico realizado por la ANP concluyó que el pago de este nuevo tributo, afectará a los propios trabajadores que verán reducidos sus ingresos por la reducción de la prima anual. En suma, los propietarios de medios de información y los propios beneficiarios realizarán un aporte, pero desconocen a quiénes beneficiará el seguro.

La ANP ratificó en innumerables oportunidades que está plenamente de acuerdo con un seguro de vida, pero frente a este problema de carácter técnico, propuso que cada medio cubra los costos del beneficio para sus trabajadores mediante la contratación de una empresa aseguradora.

El pasado año, en comunicados de carácter público, la ANP advirtió al gobierno que la organización administrativa incluida en el decreto reglamentario no es garantía de buena administración de los recursos financieros.

Según el decreto reglamentario, el Consejo Directivo del Fondo de Financiamiento del Seguro Privado de Vida está conformado por una mayoría de funcionarios del gobierno central y sindicalistas afines al partido gobernante, mientras se deja una representación a los aportantes, los medios de comunicación privados.

La estructura de administración autoriza a la Confederación de Trabajadores de la Prensa de Bolivia a nombrar dos representantes, mientras los medios de comunicación públicos acreditarán a un delegado y el Ministerio de Comunicación ocupará otra representación. Los cuatro delegados estarán en amplia mayoría frente a un representante de los medios privados (Art. 37 D.S. 2235).

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