Reemplazar a la Fundación Cinemateca Boliviana por la Cineteca Boliviana en la restauración y preservación del patrimonio fílmico, la obligación de difundir filmes nacionales a las teledifusoras, la condonación de créditos a cineastas, la liberación de impuestos a producciones bolivianas y otras, están en el anteproyecto de “Ley de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales Boliviano”, planteado por el Centro de Formación y Realización Cinematográfica (Cefrec).
Cineteca. El artículo 28 plantea la creación de la Cineteca Boliviana, dependiente del Consejo Plurinacional del Cine (Coplucine) para que asuma la responsabilidad de la conservación, rescate, preservación, restauración, exhibición, distribución y proyección de películas o productos audiovisuales con fines educativos y culturales, que tenga la misión de salvaguardar y difundir el patrimonio fílmico boliviano y de la humanidad.
Cuota de la televisión. El artículo 41, indica que las empresas públicas y privadas de televisión deben destinar al menos un tres o 15 por ciento de su programación semanal a la difusión de obras cinematográficas y audiovisuales bolivianas de largo, medio y corto metraje. La exhibición se realizará posterior al pago por los derechos de explotación comercial o en base a un acuerdo con los propietarios de los derechos autorales para la exhibición gratuita con carácter educativo o cultural.
Créditos a cineastas. “El Estado de manera excepcional y por única vez, condona los intereses generados por concepto de crédito otorgado a los cineastas que recibieron recursos del Fondo de Fomento Cinematográfico. Los pagos correspondientes a los intereses pasarán a amortizar la deuda del capital”, señala en la parte de disposiciones transitorias.
Creación de la Escuela Intercultural del Cine. El artículo 31 propone la creación de la Escuela Intercultural de Cine y Audiovisual, administrada por el Coplucine y trabaje en coordinación con el Ministerio de Educación, las Universidades Indígenas y el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (CEUB), para impartir educación especializada y otorgar títulos académicos a nivel técnico medio, superior, licenciatura en el campo del cine y del audiovisual.
Obligación de publicitar. “Es obligación de los distribuidores y exhibidores incluir la publicidad de las producciones o coproducciones bolivianas y las iberoamericanas en el centro de los espacios destinados a la promoción de afiches, banners o cualquier soporte utilizado para la promoción de películas en cartelera, indica el parágrafo I, del artículo 39.
Fondo de Fomento Cinematográfico. En el artículo 24, plantea la creación del Fondo de Fomento Cinematográfico y Audiovisual (Fonca) Bolivia, dependiente del directorio del Coplucine, para que administre los recursos otorgados por el Tesoro General del Estado (TGN) y otros destinados al desarrollo del cine y del audiovisual boliviano.
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