Bolivia TV ahora también podrá realizar contrataciones directas o por comparación de ofertas de bienes y servicios y otros en el exterior, cuando no estén disponibles en territorio nacional, según establece el Decreto Supremo 2209 del 10 de diciembre.
La norma expresa que se "autoriza a YPFB; a la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos – EBIH; Enatex; a la Empresa Azucarera San Buenaventura – EASBA; a la Empresa Estatal Yacana; a la Empresa Estatal Boliviana de Turismo; a la – Comibol y a sus empresas filiales y subsidiarias; a la Administración de Servicios Portuarios-Bolivia – ASP-B; al Servicio de Desarrollo de las Empresas Públicas Productivas – SEDEM”.
Agrega que también tienen esa facultad "ENDE y la Empresa Estatal de Televisión denominada Bolivia TV, para realizar contrataciones directas o por comparación de ofertas en territorio extranjero de bienes, obras y servicios especializados cuando éstos no estén disponibles en el mercado nacional o no se puedan recibir ofertas en el país o la contratación de éstos sea de mayor beneficio económico para la entidad”.
Además, el parágrafo II de la normativa explica que "en la contratación de los bienes, obras y servicios especializados y en la contratación directa señalada en el parágrafo precedente YPFB, EBIH, Enatex, EASBA, Yacana, Boliviana de Turismo, Comibol y sus empresas filiales y subsidiarias, ASP-B, SEDEM, ENDE y Bolivia TV podrán adherirse a los contratos elaborados por los proveedores y contratistas”.
El gabinete ministerial justifica esta modalidad de contratación, para que Bolivia TV cumpla con su misión y pueda adquirir bienes y servicios especializados en el exterior, que puedan ser provistos por empresas de reconocida capacidad, experiencia en el área de telecomunicaciones, legalmente constituidas en el exterior, en condiciones técnicas o económicas favorables y de mayor beneficio para la entidad, mediante mecanismos de contratación ágiles, eficientes y transparentes.
Antes, las empresas públicas se regían por la Ley SAFCO.
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