Las recientes declaraciones de algunos presidentes de los clubes del fútbol boliviano en sentido de que se gestionarán y cobrarán los derechos de transmisión audiovisual, puso en alerta a los periodistas deportivos del país quienes piden a los dirigentes respetar lo que dictamina la Ley Nacional del Deporte N° 804 en el marco de la protección a la labor periodística.
Semanas atrás, el presidente del club Blooming de la ciudad de Santa Cruz, Juan Jordán, hizo conocer que su institución se desmarcará del tema de la licitación a nivel de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) y por el contrario entablará un proceso de autogestionar sus derechos audiovisuales a partir del 2021.
Prensa deportiva pide respeto y cumplimiento de la Ley 804 /CPDO
Directiva del CPDO en altera hasta que se aclare el tema de los derechos de televisación /CPDO
Este tema puso en alarma a los dirigentes de los periodistas deportivos en el país, ya que se advierte que con este tipo de posiciones el tema de la protección de la labor periodística y de cobertura de los partidos profesionales se verá afectada.
El Círculo de Periodistas Deportivos de Oruro (CPDO), hizo conocer su desacuerdo sobre esta situación y pidió que se respete la Ley Nacional del Deporte 804, de igual forma otras organizaciones en el país mostraron su desacuerdo con estas declaraciones, es el caso de Fernando Berdeja, presidente de la prensa deportiva de La Paz quien dio la primera voz de alarma.
Similar postura se tomó en los círculos de periodistas de Cochabamba y Santa Cruz, cuyos representantes señalaron que se debe tomar todos los recaudos correspondientes y entablar conversaciones con los presidentes de los clubes profesionales para aclarar esta situación.
Aunque también hubo voces contrarias como el presidente del Círculo de Periodistas Deportivos de Chuquisaca, Hernán Vildozo quien mencionó que al perder la jerarquía el Ministerio de Deportes, automáticamente la Ley 804 perdería vigencia, aspecto que también debe ser analizado y aclarado en su momento.
En el caso de Oruro, el presidente del CPDO, Etzhel Llanque Albarracín, hizo conocer a través de un comunicado que se hace seguimiento a este problema y que se hará seguimiento a lo que se defina en el marco de los derechos de televisación tema que debe ser subsanado por la FBF.
Lo que preocupa es la crisis interna que se vive al interior del club San José, ya que al estar desconocido el actual presidente Huáscar Antezana y también anulada la elección del pasado 28 de diciembre por no cumplir los compromisos respectivos, no se tiene a un representante válido con quien conversar sobre este aspecto, razón por la cual se apelará a la directiva de socios para hablar sobre este tema.
Qué dice la Ley Nacional del Deporte 804
Artículo 54°.- (Cobertura e información deportiva)
I. La cobertura e información deportiva, es de acceso irrestricto para todos los medios de comunicación social.
II. Los medios de comunicación social, destinarán espacios para la divulgación y promoción del deporte, cultura física y recreación.
Artículo 55°.- (Derechos de transmisión)
I. Los derechos de transmisión de los eventos deportivos, nacionales e internacionales, serán otorgados por sus organizadores, sin afectar el derecho a la cobertura periodística de las radioemisoras, canales de televisión, prensa escrita y/o digital.
II. El Estado establecerá los mecanismos para facilitar el acceso a las trasmisiones televisivas, radiofónicas y otras, a todas las y los ciudadanos del Estado Plurinacional de Bolivia, cuando se trate de la participación de selecciones deportivas nacionales, en competiciones deportivas de interés nacional.
(Fuente: Ley N° 804 promulgada el 11 de mayo del 2016)
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