Más críticas que apoyo recibió ayer el proyecto de ley autonómica municipal de protección de la niñez y adolescencia en los medios de comunicación, que desde hace un mes es debatido dentro de la Comisión del Niño, Niña y Adolescente del Concejo Municipal. En la reunión, los más cuestionados fueron dos de los 19 artículos del proyecto.
El artículo 13 da la potestad a la comuna, y en este caso al alcalde Percy Fernández, de suspender los contratos de publicidad con el medio de comunicación que esté afectado, mientras que el artículo 12 se presta a malas interpretaciones, entre ellas que los funcionarios públicos no den información, aunque la noticia no involucre a menores de edad.
Venganza
La suspensión de los contratos municipales de publicidad institucional en los medios sancionados, que se detalla en el artículo 13, despertó una serie de susceptibilidades y hasta se habló de discriminación porque además de atentar contra la economía del medio lo hace contra la fuente laboral de los periodistas.
“Si incurro en una sanción me culpan amparados en el artículo 13, el cual puede ser usado como venganza si critico a un funcionario municipal que haya cometido una falta que no tiene nada que ver con los menores y por ello me cortan la publicidad”, indicó Enrique López, representante regional de la Asociación Boliviana de Radiodifusoras (Asbora).
Para la representante de otro sector sindical de la prensa, Marisa Roca, es preocupante la amenaza del derecho de publicidad porque “va en desmedro del medio donde trabajan muchos periodistas y se pueden perder fuentes laborales”.
Al presidente del Tribunal Departamental de Justicia, Mirael Salguero, que asistió por primera vez a estas reuniones, no le quedó clara la figura de este artículo, pues se confunde entre los derechos de los niños y la libertad de expresión.
“¿Cómo vuelve a obtener la publicidad el medio infractor que ha corregido su falta?, ¿el castigo es indefinido?, qué pasa con el medio que vende un espacio de programación y el que comete la falla es ese cliente, ¿a quién se sanciona, al que pagó el espacio o al medio?”, cuestionó el jurista.
Funcionarios públicos
Otro artículo confuso y que se puede prestar a distorsión en su interpretación es el 12, donde se restringe el paso a los medios de comunicación a hospitales, colegios y guarderías sin previa autorización de la dirección del establecimiento, pues afectará a la cobertura de otro tipo de noticias, como las referidas a salud o educación, donde el tema no sea de menores.
Además, señala estrictamente los lugares donde debe ingresar un periodista, lo cual se puede calificar como trato discriminatorio. “Este artículo solo se refería al ingreso a los ambientes de terapia intensiva o donde se encuentre internado un menor, pero lo vamos a debatir y aclarar en la siguiente reunión que sostendremos el 15 de julio”, manifestó el concejal Juan José Castedo.
Tribunal de Imprenta
Para Francisco Aráoz, ejecutivo del Sindicato de Trabajadores de la Prensa Independiente, este proyecto de ley tiene que dejarse de lado y “en su lugar se debe convocar a los personajes notables que fueron elegidos por el Concejo para conformar el Tribunal de Imprenta”.
La representante de la Federación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Santa Cruz, Miriam Suárez, apoyó la idea y añadió que se debe elegir a los nuevos miembros de este tribunal, pues no participó en ninguno de los encuentros sostenidos.
Los que apoyaron la totalidad del proyecto de ley fueron los dos representantes de las juntas vecinales, Abad Lino y Fernando Rosso, que piden mayor restricción en el horario de protección del menor y que haya sanciones más duras
Continúa el debate
Lo más destacado
1 Suspender la publicidad (art. 13) a los medios que resulten agresores de los menores ha despertado el recelo por temor de venganza de parte del ejecutivo municipal.
2 Las juntas vecinales proponen ser parte de la comisión que vigile los medios de comunicación que está integrada por entes periodísticos y la Defensoría del Pueblo.
3 Los vecinos también piden que se establezcan sanciones económicas más fuertes contra los medios que quebranten los derechos de los menores.
4 En el proyecto se habla del horario de protección al menor de 7:00 a 21:00, pero sugieren aumentar una hora.
5 Como infracciones leves figuran no avisar la calificación del programa antes de su inicio y no anunciar la finalización de la franja de protección al menor.
6 Entre las sanciones de la ley en discusión están la llamada de atención por escrito y la multa, por establecerse, en Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV).
7 Antepuesto al castigo, el artículo 17 propone distinguir anualmente a los medios que den mejor trato a las noticias referidas a los chicos.
8 El proyecto sigue en discusión habiéndose programado una mesa-trabajo para el lunes, a las 17:00, y otra audiencia el miércoles a las 9:00.
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