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martes, diciembre 06, 2016

La importancia de la formación de un Tribunal de Imprenta

El presidente de la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), Marcelo Miralles Iporre, durante su intervención en el acto de posesión del Tribunal de Imprenta de Oruro, realizado ayer por la noche, resaltó la importancia de este jurado y cuáles son las funciones que debe cumplir, indicó que con esta entidad se llena un vacío que existe en los mecanismos de autorregulación de los periodistas.

Mencionó que cualquier persona que sienta que sus derechos son vulnerados por el trabajo del periodismo y sus actores, debe acudir a los tribunales de autorregulación para hacer prevalecer sus derechos.

"En nuestro país existen dos tribunales de autorregulación a saber, el Tribunal de Ética y Autorregulación de la Asociación Nacional de la Prensa, que conoce los procesos instaurados a los medios asociados a la ANP, por informaciones u opiniones publicadas por periodistas, colaboradores o ciudadanos a través de los mismos medios.

Y el Tribunal Nacional de Ética Periodística, que conoce los demás procesos, este jurado autorregula el trabajo de las siguientes organizaciones: Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia, Asociación de Periodistas de La Paz, Asociación Boliviana de Radiodifusión, Asociación Boliviana de Investigadores de la Comunicación y la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia", mencionó.

Miralles argumentó que sin embargo en este sistema existe un vacío que la Ley de Imprenta de 1925 complementa con la tipificación y conocimiento de los delitos de imprenta.

Estos delitos se dividen en tres grupos: el primero, contra la Constitución cuando se dirige a trastornar, destruir o inducir a su inobservancia, pero no cuando se hace conocer sus errores o la necesidad de una reforma.

Segundo, los delitos contra la sociedad, cuando las publicaciones comprometen la existencia o la integridad de la Nación, expongan a una guerra, tiendan a trastornar la tranquilidad y el orden público o inciten a la desobediencia de las leyes.

Por último, los delitos contra las personas individuales o colectivas, cuando se injuria directa o indirectamente.

"Básicamente son tres preceptos que apoya la ANP de esta Ley (de Imprenta), el primero es que las penas son pecuniarias y no físicas, ni para los periodistas ni para los medios; la segunda, que juzga un Tribunal de 12 ciudadanos elegidos de este probo grupo y no así una sola persona, lo que reduce las probabilidades de corrupción o favoritismo y el último que garantiza el derecho del secreto de fuente", explicó.

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